Fecha de Publicación: 31 de octubre de 2024
Fuente: Diario Oficial de la Federación (DOF)
Tema: Reforma en materia de inimpugnabilidad de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
El día de hoy, la Presidencia de la República ha publicado en el Diario Oficial de la Federación un Decreto que reforma el primer párrafo de la fracción II del artículo 107 y adiciona un quinto párrafo al artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El objetivo de esta reforma es establecer la inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Federal.
Detalles del Decreto:
- Justificación: Este Decreto fue enviado por el Honorable Congreso de la Unión en uso de la facultad que le otorga el artículo 135 de la Constitución. La reforma fue aprobada por la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México.
- Artículos Reformados:
- Artículo 105: Se establece que son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que busquen impugnar las adiciones o reformas hechas a la Constitución.
- Artículo 107: Se aclara que las sentencias en juicios de amparo se limitarán a las personas que presenten la queja, sin fijar efectos generales, y se determina que no procederá el juicio de amparo contra las adiciones o reformas constitucionales.
Transitorios:
- Entrada en Vigor: El Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
- Asuntos en Trámite: Los asuntos que se encuentren en trámite deben resolverse conforme a las disposiciones del presente Decreto.
Este Decreto fue firmado por la Presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, y los presidentes y secretarios del Congreso de la Unión.
Conclusiones:
La reforma busca consolidar la estabilidad jurídica de la Constitución Federal, asegurando que sus cambios no puedan ser objeto de impugnación, lo que podría impulsar un proceso más ágil en la modificación y adaptación de normas fundamentales que rigen al país. Sin embargo, también plantea cuestiones sobre el equilibrio de poderes y el derecho a cuestionar las reformas constitucionales.
Agradeciendo su lectura, quedamos a sus órdenes ante cualquier duda del presente artículo.

